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POLÍTICAS DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD

Tucumán busca endurecer la prisión preventiva con la figura de la reiterancia

En el Parlamento local se dio dictamen al proyecto que introduce la reiterancia como causal obligatoria de prisión preventiva para combatir la pluralidad delictiva sin condena, en respuesta a la demanda ciudadana y en línea con la política de seguridad del gobierno provincial.

Por Tendencia de noticias

27 may, 2025 06:40 p.m. Actualizado: 27 may, 2025 06:40 p.m. AR
Tucumán busca endurecer la prisión preventiva con la figura de la reiterancia

La Comisión de Seguridad y Justicia de la Legislatura de Tucumán, presidida por el legislador Carlos Najar, avanzó en el tratamiento de un proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal de la provincia (Ley N° 8933) para incorporar la figura de la reiterancia como causal obligatoria de prisión preventiva. La iniciativa, presentada por el legislador Gerónimo Vargas Aignasse, busca frenar la reincidencia delictiva al establecer medidas más estrictas contra imputados con patrones de conducta delictiva persistente.


En el encuentro, que contó con la participación de los legisladores Maia Martínez, Ricardo Bussi, José Cano, Alejandro Figueroa y Vargas Aignasse, se indicó que la iniciativa, que también debe ser analizada por la Comisión de Asuntos Constitucionales, responde a una demanda ciudadana, según destacó Najar: “Este proyecto salió por unanimidad y responde una demanda de la ciudadanía, la de terminar con las puertas giratorias que permiten que los delincuentes ingresen por una puerta y salgan por otra”. Además, subrayó que la norma está alineada con los pedidos del gobernador Osvaldo Jaldo y el vicegobernador Miguel Acevedo: “Es algo solicitaron tener en cuenta; que las legislaciones sean pensadas por y para la ciudadanía”.


Herramientas contra la reiteración delictiva


Vargas Aignasse, autor del proyecto, explicó que la situación delictiva en Tucumán requiere “herramientas procesales más eficaces”, ya que muchos imputados, “amparados en la lentitud del proceso penal, en especial en el fuero conclusional, o en la ausencia de condenas inmediatas, reiteran la comisión de delitos sin freno, afectando gravemente a la sociedad”. Para ello, la iniciativa propone modificar el Artículo 236 del Código Procesal Penal, incorporando como causal de prisión preventiva la reiterancia, definida como “la pluralidad de hechos delictivos aún no firmemente sentenciados, que permiten inferir un comportamiento delictivo sostenido, previsible y lesivo para la seguridad pública”.


El proyecto establece que la prisión preventiva será obligatoria “cuando el imputado haya cometido con anterioridad dos o más delitos dolosos y existan elementos de convicción suficientes para sostener que la reiteración de conductas delictivas representa un riesgo cierto de continuidad delictiva”, salvo que el imputado acredite circunstancias excepcionales. Además, introduce un Artículo 236 bis, que detalla que la reiterancia se configura cuando el imputado está procesado por más de un delito doloso, considerando factores como la naturaleza, gravedad y proximidad temporal de los hechos.


Revisión periódica


El legislador aclaró que la prisión preventiva dictada bajo esta figura será revisada periódicamente para garantizar proporcionalidad y que no constituye una pena anticipada, en cumplimiento del artículo 18 de la Constitución Nacional. “Es una medida cautelar, ajustada a principios de razonabilidad, proporcionalidad y control judicial periódico, que busca equilibrar la garantía del debido proceso con la protección de la seguridad colectiva”, afirmó el parlamentario del PJ.


La iniciativa también se aplica al régimen de causas pendientes en el fuero conclusional, regulado por la Ley N° 9243, que abarca delitos iniciados entre 1991 y el 31 de agosto de 2020. Vargas Aignasse destacó que la figura de la reiterancia ya está contemplada en la legislación nacional, con la Ley 27.785, que reformó el Código Procesal Penal Federal, y cuenta con el respaldo de la Corte Suprema, que reconoce la prisión preventiva cuando existe “riesgo concreto de continuidad delictiva”.

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