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CAMINO A OCTUBRE

El juez federal Díaz Martínez rechazó la impugnación a la postulación de Jaldo

El magistrado con competencia electoral ratificó el dictamen fiscal que había aconsejado rechazar el planteo presentado por la oposición . El camino a la Cámara Nacional Electoral.

Por Tendencia de noticias

05 sept, 2025 03:04 p. m. Actualizado: 05 sept, 2025 03:16 p. m. AR
El juez federal Díaz Martínez rechazó la impugnación a la postulación de Jaldo

Si la oposición pretende objetar la candidatura a diputado nacional del gobernador Osvaldo Jaldo, deberá hacerlo ante la Cámara Nacional Electoral. Así lo resolvió finalmente este mediodía el magistrado que subroga el Juzgado Federal N° 1 de Tucumán, con competencia Electoral, Guillermo Díaz Martínez.


La decisión ratificó el dictamen del fiscal Rafael Alberto Vehills Ruiz, quien en un escrito había aconsejado el rechazo a la impugnación presentada contra la candidatura del mandatario por el frente Tucumán Primero de cara a los comicios para diputado nacional del 26 de octubre.


“Téngase presente el dictamen del Sr. Fiscal Electoral que antecede. A la impugnación deducida: de conformidad a lo dispuesto por el art 61 1° párrafo del CEN en cuanto dispone que el recurso deberá ser interpuesto ante la Cámara Nacional Electoral: No ha lugar por improcedente”, reza el escrito al que tuvo acceso Tendencia de Noticias.


El dictamen fiscal fundamentó su decisión en la falta de viabilidad procesal de la impugnación presentada por la alianza Unidos por Tucumán, dado que la candidatura de Jaldo ya fue oficializada por resolución judicial firme.


El cuestionamiento del espacio de Roberto Sánchez se sustentó en dos argumentos principales. En primer lugar, Unidos por Tucumán argumentó que la candidatura de Jaldo viola el artículo 73 de la Constitución Nacional, que prohíbe a los gobernadores provinciales ejercer simultáneamente como legisladores nacionales por el distrito que gobiernan. Se alegó que la simultaneidad de cargos es inconstitucional y, por lo tanto, la candidatura debería ser declarada inadmisible.


El segundo argumento de la impugnación se centró en la naturaleza supuestamente "testimonial" de la candidatura de Jaldo. Se planteó que la postulación sería una estrategia política para captar votos sin la intención genuina de asumir el cargo si resultara electo, lo que constituiría un engaño al electorado y una vulneración del principio republicano de gobierno. Esta práctica, según la impugnación, distorsionaría el sistema representativo y afectaría la transparencia del proceso electoral.


En ese sentido, la alianza "Unidos por Tucumán" solicitó la nulidad de la candidatura y la consiguiente exclusión de Jaldo de la contienda electoral. Sin embargo, la Fiscalía consideró que estos argumentos, por relevantes que sean en el fondo, carecen de sentido procesal en este momento.


El dictamen fiscal, que hace suyo el juez, destaca que el Juzgado Federal con competencia electoral ya oficializó la candidatura de Jaldo el 25 de agosto de 2025, mediante una resolución que consideró cumplidos los requisitos formales establecidos por la Ley 23.298 y los artículos 60 y 60 bis del Código Electoral Nacional. Esta resolución, según la Fiscalía, es un acto jurisdiccional expreso que cierra la cuestión.


Reabrir el debate sobre candidaturas ya oficializadas, argumenta el dictamen, comprometería la seguridad jurídica y la estabilidad del proceso electoral. Por lo tanto, la impugnación se considera improcedente.


Ahora, el juez federal con competencia electoral ratificó esa postura. El único camino posible desde lo judicial que le resta a la oposición es la Cámara Nacional Electoral.

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