El Poder Ejecutivo de Tucumán promulgó, bajo el número 9899, la ley que modifica el Estatuto Docente, estableciendo la inhabilitación especial y perpetua para el ejercicio de la docencia a quienes hayan sido condenados por delitos contra la integridad sexual. La normativa, publicada en el Boletín Oficial, especifica que esta sanción se aplicará “aún cuando los implicados se hubieren beneficiado por el indulto o la conmutación de la pena”. Además, los docentes no podrán tener procesos penales pendientes por este tipo de delitos, lo que deberá acreditarse con un certificado de antecedentes expedido por la Policía de Tucumán y el Informe del Registro Nacional de Reincidencia.
La norma también permite la reincorporación de docentes al servicio activo, siempre que su separación no haya sido por sanciones disciplinarias, abandono del cargo o condenas por delitos sexuales. La ley se alinea con el Código Penal argentino, que en su Título III define los delitos contra la integridad sexual, como abusos, violaciones y hostigamiento, con penas agravadas si las víctimas son menores o si el perpetrador abusa de su autoridad, como en el caso de docentes. Asimismo, refuerza la Ley 26.061, que obliga al personal educativo a denunciar vulneraciones de derechos de menores, y se complementa con el Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual (RNDG), operativo desde 2021.
Antecedentes
Esta reforma responde a la necesidad de fortalecer la protección de estudiantes, en especial luego de conocerse casos de abuso en instituciones educativas de Tucumán. Según informó Tendencia de Noticias, el Ministerio de Educación local exoneró al preceptor Miguel Ángel Carrizo de la Escuela de Comercio N°1 “General Manuel Belgrano” tras su condena a tres años de prisión condicional por abuso sexual simple agravado contra una alumna, entre abril y noviembre de 2022. El Decreto N° 1.446/5, firmado por la ministra Susana Montaldo y la secretaria de Estado, María Gabriela Gallardo, detalló que Carrizo, como “encargado de la educación”, vulneró principios éticos del Estatuto Docente (Ley N° 3.470), abusando de su posición de autoridad. La investigación, iniciada en octubre de 2024, incluyó testimonios, un informe psicológico y una sentencia penal del 18 de diciembre de 2024, que confirmaron los hechos. La exoneración, respaldada por el Dictamen Fiscal N° 0675/2025, lo inhabilita permanentemente para la docencia.
Otro caso reportado por este medio involucró al preceptor Cristian Adrián Medina de la Escuela Técnica N°1 “Independencia Argentina”, cesanteado por conductas sexuales inapropiadas contra una alumna en 2015, con el agravante de una denuncia previa por hechos similares en 2010, según lo establecido por el Decreto N° 1445/5. Dado que Medina también se desempeña como agente policial, el decreto ordena notificar al Departamento General de Policía para los fines correspondientes. Asimismo, la resolución será comunicada a las Juntas de Clasificación Docente y al Tribunal de Cuentas.
Estos antecedentes subrayan la relevancia de la nueva ley, que busca prevenir y sancionar con mayor rigor este tipo de conductas, garantizando un entorno educativo seguro y en cumplimiento de las normativas de protección de derechos de menores.