Espacio publicitario disponible

ESCÁNDALO JUDICIAL

Consejo Asesor de la Magistratura: con un amparo, buscan que se suspenda la elección de magistrados

La votación de consejeros está convocada para el lunes, pero una lista aduce que hay irregularidades en la inscripción de sus contendientes.

PorTendencia de noticias
04 oct, 2025 10:00 a. m. Actualizado: 04 oct, 2025 10:00 a. m. AR
Consejo Asesor de la Magistratura: con un amparo, buscan que se suspenda la elección de magistrados

A solo tres días de la fecha fijada para la elección de Consejeros por el estamento de magistrados para el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), el proceso pende de un hilo tras la presentación de una acción de amparo electoral ante la Cámara Contencioso Administrativo.


La medida, impulsada por el apoderado de la Lista N° 2, Raúl Robin Márquez, en representación de los candidatos Daniel Gerardo Marranzino (titular) y Carlos Eduardo Saltor (suplente), busca la intervención judicial urgente contra lo que describen como "graves irregularidades que configuran arbitrariedad e ilegalidad manifiesta" por parte del Consejo Electoral ad hoc.


El núcleo del conflicto se centra en dos frentes principales: la inscripción de contendientes y la falta de transparencia en los plazos.

En primer lugar, la Lista N° 2 exige que se declare la nulidad de la inscripción de la Lista N° 3 bajo el argumento de que fue presentada fuera de término.

En segundo lugar, se denuncia la no publicación regular y completa del cronograma electoral en el Boletín Oficial. Según la presentación, esta omisión impidió a los participantes conocer los plazos de impugnación, afectando directamente su derecho electoral. Debido a esto, se solicita que se declare la invalidez de todos los plazos electorales y que se dispongan nuevos con la debida publicidad oficial.


Más allá de las cuestiones de plazos y listas, la acción de amparo pone el foco en la logística electoral, alegando que se vulnera el principio de igualdad y equidad en el sufragio (amparado en los artículos 37 y 38 de la Constitución Nacional).

La Lista N° 2 afirma que existen carencias de urnas suficientes y que el Consejo Electoral se ha negado a habilitar una urna en la sede de los Tribunales Penales de San Miguel de Tucumán.


La queja más contundente es la ausencia de diferenciación de padrones. Esta falta de desdoblamiento de padrones coloca a los electores del fuero penal en desventaja, lo que, a juicio de los demandantes, desnaturaliza la validez de todo el proceso. Por ello, se peticiona que se ordene la habilitación de la urna penal y el desdoblamiento del padrón electoral por fuero.

publicidad

Más de politica

publicidad