Las resoluciones 939/2025, 940/2025, 941/2025 y 942/2025 de la Superintendencia de Servicios de Salud, firmadas por su titular Gabriel Gonzalo Oriolo, oficializaron la decisión que afecta a la Obra Social Fedecámaras (FEDECAMARAS), la Obra Social de Técnicos de Fútbol (OSTECF), la Obra Social de Agentes de Propaganda Médica de Entre Ríos (OSAPMER) y la Obra Social Volkswagen Argentina S.A. Esta acción responde a que, al 20 de febrero de 2025, estas instituciones presentaron un factor de criticidad superior al valor límite previsto en el Anexo del Decreto Nº1400/01, lo que habilitó la aplicación de las medidas contempladas en el artículo 20 y el Anexo III del mismo decreto.
Como consecuencia directa de esta declaración de crisis, las obras sociales involucradas tienen la obligación de presentar un Plan de Contingencia. Este documento deberá incluir "pautas mínimas, metas de cumplimiento trimestral, expresadas conforme los indicadores que sirven de sustento a los Criterios Números 1, 2 y 3 del Anexo II del Decreto N°1400/01 y un conjunto de acciones concretas que se aplicarán al momento de la puesta en marcha del mentado Plan". El objetivo es que estas instituciones puedan reordenar su situación y garantizar la prestación de servicios a sus afiliados.
El seguimiento de estos planes de contingencia estará a cargo de las Gerencias que integran el Comité de Evaluación y Seguimiento del Procedimiento de Crisis y Liquidación de los Agentes del Seguro de Salud. Esta instancia supervisará el cumplimiento de las metas y acciones propuestas, asegurando que las obras sociales realicen los ajustes necesarios para revertir su situación. La medida busca resguardar la calidad de los servicios de salud y proteger a los beneficiarios ante las irregularidades detectadas en estos prestadores.