Un proyecto elevado a la Legislatura tucumana propone una importante reforma a la Ley Provincial N° 7860, incorporando un "Régimen Especial de Protección Integral de Testigos en Causas de Narcomenudeo". Esta medida, impulsada por el peronista Carlos Najar (foto inferior) y acompañada en la firma por varios de sus pares, tanto oficialistas como opositores, busca garantizar la seguridad, el anonimato y la integridad física, psicológica y social de las personas que colaboren en causas judiciales vinculadas a la comercialización, tenencia con fines de comercialización o distribución de estupefacientes a pequeña escala.
La reforma surge como una respuesta jurídica específica ante el creciente fenómeno del narcomenudeo. En la exposición de motivos del proyecto se subraya que si bien la Ley N° 7860 ya protegía testigos en causas penales aberrantes o complejas, la modalidad del narcomenudeo presenta desafíos particulares. "Este fenómeno, de fuerte presencia territorial, violencia directa e intimidación comunitaria, ha convertido a los testigos en blancos fáciles de represalias", señala el documento. Además, Najar sostiene que en los últimos tiempos se ha detectado una preocupante práctica: "En muchos casos, los operadores del sistema penal, amparados en el derecho de defensa, han filtrado identidades de testigos para intimidarlos o invalidar sus declaraciones".
Objetivo del Régimen
Aplicar medidas automáticas de protección.
Establecer sanciones para funcionarios y abogados que filtren identidades.
Permitir actuar de oficio al juez o al fiscal.
Integrar herramientas tecnológicas y sociales para resguardar al testigo y su entorno.
Respetar el equilibrio con el derecho de defensa y el debido proceso.
Autorizar la reasignación de partidas presupuestarias y la celebración de convenios interjurisdiccionales.
La iniciativa establece que estarán comprendidas en este régimen las personas que hayan testificado o denunciado hechos vinculados al narcomenudeo, los denunciantes de redes locales de comercialización, y los familiares convivientes o directos del testigo principal.
El juez competente, "de oficio o a solicitud del Ministerio Público Fiscal", tendrá la facultad de disponer una serie de medidas de protección, que pueden ser individuales o acumulativas. Entre las más destacadas se encuentran:
"Omisión de datos personales en toda documentación pública o judicial".
"Declaración mediante videoconferencia con distorsión de imagen y voz".
"Exclusión de público en audiencias".
"Prohibición expresa de difusión de la identidad del testigo".
"Medidas de resguardo físico, custodia, relocalización y subsidios".
"Asistencia médica, psicológica, legal y social integral".
Un punto crucial es que estas medidas "serán de aplicación automática en causas de narcomenudeo", a menos que exista una renuncia expresa y fundada del testigo, que deberá ser evaluada por el juez.
El proyecto, al que adhirieron Gerónimo Vargas Aignasse, Ricardo Bussi, José Cano, Matías Figueroa y Maia Martínez, también contempla severas sanciones para quienes revelen información protegida. Si un abogado defensor, fiscal o funcionario público, con dolo o negligencia, compromete la seguridad o identidad del testigo, podrá ser pasible de: suspensión preventiva hasta seis meses; denuncia disciplinaria ante el Colegio de Abogados correspondiente; denuncia penal por violación de deberes de funcionario público o encubrimiento agravado, según el caso.
La protección del testigo "se mantendrá mientras subsista el riesgo", con una evaluación fundada y periódica del tribunal, pudiendo prorrogarse cuantas veces sea necesario.
Convenios
Finalmente, la iniciativa autoriza a la autoridad de aplicación a celebrar convenios con organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, para reforzar estas medidas. Se destaca que "las medidas de protección previstas en esta ley deberán implementarse sin menoscabar el derecho de defensa en juicio del imputado, procurando la armonización con las garantías del debido proceso legal".
Esta reforma, según los fundamentos, "se alinea con tratados internacionales como la Convención de Palermo (Ley Nacional N° 25.632), que exige a los Estados proteger testigos en causas de crimen organizado, aun en sus formas locales o de baja escala". Con este proyecto, los parlamentarios buscan fortalecer el sistema de justicia y la lucha contra el narcomenudeo, garantizando la colaboración de quienes se atreven a denunciar.