
Lo que comenzó como un conflicto en torno al Rectorado de la Universidad Nacional de Tucumán se extendió este lunes como un reguero de pólvora hacia las facultades. En el mismo día en que estaban programadas múltiples ceremonias de asunción en toda la casa de estudios, la Junta Electoral recibió presentaciones formales exigiendo que se frenaran las tomas de posesión en al menos dos unidades académicas: Psicología y Medicina. El denominador común era uno solo: el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones del viernes 15 de mayo.
En la Facultad de Psicología, la fórmula opositora integrada por Anabel Nayle Murhell y Adrián Eduardo Chirre presentó, con patrocinio letrado, una intimación dirigida a la Junta Electoral exigiendo que se suspendiera de inmediato la toma de posesión de Silvia López de Martín como Decana. El argumento central era su inelegibilidad: habiendo cumplido mandatos ejecutivos consecutivos al frente de la Facultad, acceder a un nuevo período 2026-2030 constituiría, según los presentantes, una re-reelección expresamente prohibida por el Estatuto de la UNT -Resolución 405/2025 del Ministerio de Capital Humano- y contraria a principios republicanos de rango constitucional. La advertencia era severa: todos los actos que emanaran de una gestión con origen nulo -designaciones docentes, resoluciones, actas presupuestarias, firma de títulos- carecerían de validez legal, arrastrando a la institución a un estado de litigiosidad masiva y de responsabilidad patrimonial solidaria para quienes intervinieran en el acto.
En la Facultad de Medicina, el planteo llegó por partida doble. Por un lado, Miguel Ángel Valdez Ramos, docente titular regular, presentó un escrito ante la Junta solicitando que no se tomara juramento a Liliana Mónica Tefaha como Decana, señalando que la mencionada ya había cumplido dos períodos consecutivos como Vicedecana y que asumir la Decanatura constituiría su tercer mandato consecutivo, una situación que calificó de idéntica a la de Sergio Pagani en el Rectorado. Valdez Ramos advirtió además que la Facultad podría incurrir en desobediencia judicial si se ignoraba la sentencia cautelar, con los consiguientes riesgos procesales penales para cada miembro del Consejo que convalidara el acto. Por otro lado, las profesoras Angelina Liezun y Fátima Cevila elevaron un escrito en términos similares, reclamando el cumplimiento del estatuto universitario y señalando que la asunción de Tefaha junto a la Vicedecana Rossana Toledo se encontraba viciada de nulidad absoluta e insanable por carecer del presupuesto de elegibilidad.
Los tres escritos bebían de la misma fuente: la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán dictada el viernes anterior en los autos "Cabrera, Miguel Ángel y otro c/ UNT s/ Acción Mere Declarativa de Inconstitucionalidad", conocida como caso "Pagani-Leal", que había ordenado a la UNT abstenerse de oficializar candidaturas a Rector y Vicerrector de quienes hubieran cumplido dos mandatos consecutivos. Para los presentantes, ese estándar no podía tener vigencia solo para el Rectorado: la alternancia en el poder y la periodicidad de los mandatos son principios que, por identidad de razón jurídica, alcanzan a todos los órganos ejecutivos unipersonales de la Universidad.