La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a diez años de prisión contra el empresario Lázaro Báez y contra sus hijos varones por el delito de lavado de dinero en la causa conocida como “la ruta del dinero K”.
En este caso, la Justicia determinó que Báez blanqueó fondos por unos 60 millones de dólares que se originaron en una evasión fiscal que involucra directamente a la expresidenta Cristina Kirchner, también investigada en la causa, aunque todavía sin ser sometida a juicio oral.
Según informó el diario La Nación, la Corte tomó la decisión por mayoría. Votaron por confirmar la condena Horacio Rosatti, Ricardo Lorezentti y dos conjueces. En disidencia votó el juez Carlos Rosenkrantz, que se pronunció por enviar el caso a la Procuración.
Con este fallo, Lázaro Báez, apuntado como testaferro de la familia Kirchner, quedará preso con arresto domiciliario. Martín Báez debería volver a prisión, al igual que otros acusados. Hay varios mayores de 70 años que pueden solicitar el arresto domiciliario.
La maniobra consistió en haber armado una estructura jurídica, bancaria y financiera para lavar más de 60 millones de dólares entre 2010 y 2013 que provenían de facturación ilegal.
El caso es recordado por las imágenes en televisión que presentó el periodista Jorge Lanata. Se veía allí a uno los principales acusados contando dólares en la Rosadita, como se conocía a la financiera clandestina de Puerto Madero que movía el dinero al exterior.
Fue un informe del programa PPT de Lanata el que descubrió la maniobra y en donde los protagonistas Federico Elaskar y Leonardo Fariña confesaron el hecho.
El fallo que validó las condenas fue firmado por Rosatti, Lorenzetti y los conjueces Mariano Lozano -juez de la Cámara Federal de General Roca- y Luis Ramón González -juez de la Cámara Federal de Corrientes-, quienes habían sido convocados por sorteo a intervenir.
Los cuatro entendieron que el planteo de las defensas era “inadmisible” por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, lo que habilita a la Corte a rechazar el recurso sin dar mayores explicaciones.
El juez Rosenkrantz, en tanto, opinó en minoría por darle intervención a la Procuración General de la Nación para que dictaminara sobre los argumentos de las defensas.
En otro orden, sin disidencias, con la firma de Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, el máximo tribunal también rechazó una serie de recursos de la expresidenta Cristina Kirchner contra la investigación que se reabrió en su contra y los jueces que intervinieron, por entender que no se dirigían contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.
La exjefa del Estado no formó parte del juicio en esta causa y su situación continúa siendo evaluada en instrucción, luego de que la fiscalía y el juez Sebastián Casanello firmaran su sobreseimiento y la decisión fuera cuestionada por una ONG que consiguió convertirse en querellante.
Con la decisión de la Corte en la causa principal, agotadas así las vías de apelación, la condena quedó firme. Ahora, el Tribunal Oral Federal 4 deberá computar la pena para aquellos que ya estuvieron un tiempo en prisión y evaluar si deben volver a ser arrestados; ordenar detenciones para quienes permanecieron durante el proceso en libertad y recibieron una pena superior a los tres años, previo análisis de sus cuadros de salud, y disponer las pautas de cumplimiento de la sentencia para aquellos cuya pena quedó en suspenso.
El fallo dispone la condena a diez años para Lázaro Antonio Báez; seis años y seis meses para Martín Antonio Báez; seis años para Jorge Oscar Chueco y Rodolfo Daniel Pérez Gadín; cinco años para Julio Enrique Mendoza; tres años y seis meses para Jorge Leonardo Fariña; cuatro años y seis meses para Juan Alberto De Rasis, César Gustavo Fernández, Fabián Virgilio Rossi, Eduardo Guillermo Castro; tres años de ejecución en suspenso para Federico Elaskar, Claudio Fernando Bustos, Alejandro Ons Costa, Martín Andrés Eraso y Leandro Antonio Báez, y dos años y seis meses para Walter Feliciano Zanzot.
También se ratificaron las condenas de Carlos Juan Molinari a tres años y seis meses, y de Daniel Alejandro Bryn a dos años de prisión,
Además, se confirmaron multas que oscilan entre seis y dos veces el monto de las operaciones (de US$ 109.600.000 a US$ 328.800.000) y el decomiso de activos por valor equivalente a 65 millones de dólares.
Un largo proceso
La causa comenzó en 2013 luego del informe de PPT de Jorge Lanata en donde se aseguraba que el empresario Lázaro Báez, amigo de Néstor Kirchner y uno de los principales proveedores de la obra pública en la provincia de Santa Cruz, había sacado del país 55 millones de dólares con maniobras financieras a cuentas en Suiza. El programa incluyó las declaraciones de Federico Elaskar y de Leonardo Fariña, en una cámara oculta.
Tres años después, la causa se reactivó con la difusión de un video en la financiera SGI, de Elaskar, conocida como “La Rosadita”, en donde se veía al hijo de Lázaro Báez contando billetes.
El juez Casanello ordenó en abril del 2016 la detención de Lázaro Báez y de su contador Daniel Pérez Gadín por temor a que fugara. En aquel momento también fue arrestado el abogado Jorge Chueco, cuando huyó hacia Paraguay.
La instrucción determinó que existió una organización criminal que entre los meses de diciembre del 2010 y abril del 2013 realizó maniobras de lavado de dinero implicados principalmente del manejo de la empresa Austral Construcciones que dirigía Lázaro Báez, a través de la financiera SGI mediante un entramado que funcionó en el país y en el exterior y que logró la expatriación de fondos de origen ilícito y su posterior reingreso por US$ 54.872.866,69.
El dinero salió del país, fue depositado en el extranjero y ingresó a las cuentas de diversos bancos internacionales –generalmente con bajos controles fiscales- a nombre de otras empresas. Luego se adquirieron bonos de deuda pública que fueron liquidados en la plaza local, simulando una supuesta inversión multimillonaria de una empresa fiduciaria suiza para adquirir acciones de la empresa Austral Construcción S.A. (ACSA).
El juicio oral ocurrió entre 2018 y 2021. El 26 de febrero de 2021, el Tribunal Oral Federal 4, a cargo de los jueces Néstor Costabel, Adriana Palliotti y Gabriela López Iñiguez, decidió por mayoría condenar a Lázaro Báez a 12 años de prisión por lavado de activos agravado. También recibieron penas otras 21 personas. Entre ellas los cuatro hijos del empresario -Martín, Leandro, Melina y Luciana-, Pérez Gadín, el abogado Jorge Chueco, Elaskar, y el arrepentido del caso, Leonardo Fariña.
Además del capítulo conocido como “La Rosadita, el tribunal entendió acreditadas maniobras de lavado independientes, como las compras de un campo en Mendoza (estancia El Carrizalejo) y de un departamento en la avenida Del Libertador por Jorge Leonardo Fariña, y el pago de los gastos de la fiesta de casamiento de Fariña y la modelo Karina Jelinek. Además se juzgaron la compra autos de lujo como Ferrari California, BMW X6 y Audi R8 Syder con la intervención de Carlos Juan Molinari y Daniel Alejandro Bryn.
El tribunal oral estableció por mayoría que la plata lavada provenía de la corrupción con la obra pública y la evasión. En disidencia la jueza López Iñiguez habló solo de evasión mediante facturas truchas como delito precedente.
Las defensas apelaron y el 28 de febrero del 2023 la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, con la intervención de los jueces Mariano Borinsky, Angela Ledesma y Javier Carbajo, confirmaron la mayoría de las condenas, pero bajaron los montos de las penas.
Las hijas de Lázaro Báez fueron absueltas por entender que no tuvieron ninguna intervención en la maniobra y que no se ocupaban los negocios de la familia.
Por mayoría, además, Casación determinó que el lavado de dinero había tenido origen en la evasión fiscal, y no dieron por comprobada la vinculación con obra pública. Solo lo consideró el juez Carbajo en su voto.
“Quedó acreditado que el dueño del capital no declarado, que fue depositado a nombre de otras personas y, luego de la circulación propia de esta modalidad delictiva, ingresado en la cuenta de Austral Construcciones, siempre fue Lázaro Antonio Báez”, sostuvo la Cámara de Casación.
Contra esa decisión, las defensas de Lázaro Báez, Martín Báez, Pérez Gadín, Chueco, Gustavo Fernández, Julio Mendoza, Walter Zanzot, Claudio Bustos, Juan De Rasis, Castro, Fabián Rossi, Molinari y Eraso buscaron que la Corte Suprema revisara las condenas. Y hoy la Corte rechazó sus recursos, con lo que la condena quedó firme.
Fuente: La Nación