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ACLARACIÓN

La abogada Agostina Mitre negó haber incurrido en una "falta" en un concurso para jueza

La letrada rechazó las actuaciones realizadas por el CAM en 2021, cuando dispuso una sanción en su contra, y aportó pruebas técnicas que, según afirma, demuestran que su desempeño durante la evaluación se ajustó al protocolo establecido por ese órgano.

Por Tendencia de noticias

12 sept, 2025 06:03 p. m. Actualizado: 13 sept, 2025 09:46 a. m. AR
La abogada Agostina Mitre negó haber incurrido en una "falta" en un concurso para jueza

La letrada Agostina Mitre negó categóricamente haber cometido irregularidades durante un concurso para cubrir un cargo de jueza, en el cual fue sancionada por el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM) en 2021. La aclaración surge a raíz de una nota publicada por Tendencia de Noticias, titulada "El CAM había sancionado por hacer trampa en un concurso a la letrada que denunció al Colegio de Abogados", donde se hizo referencia al episodio en cuestión.


Según expresó Mitre en su descargo, la información difundida "contiene afirmaciones inexactas" y no se ajusta a lo que realmente ocurrió durante el concurso. La abogada aclaró que, en ese momento -plena pandemia-, los exámenes del CAM se rendían de manera remota desde las computadoras personales de los postulantes, y se tomaban a través de una plataforma denominada exam.net, la cual, afirmó, “impide salir de la página una vez iniciado el examen. Si el concursante lo hiciera, el sistema bloquea inmediatamente la prueba”.


En su caso, Mitre explicó que una unidad de almacenamiento externa (pendrive) se encontraba conectada a su computadora antes de comenzar el examen, pero que no fue utilizada ni existía posibilidad técnica de acceder a su contenido durante la evaluación. “Había quedado conectada una unidad de almacenamiento externa previa al inicio de la prueba. Sin embargo, nunca fue utilizada ni era posible acceder a ella durante el examen”, detalló.


Además, destacó que el propio Consejo reconoció que su evaluación no fue bloqueada en ningún momento, lo cual desmentiría cualquier intento de trampa. “El propio Consejo, en su acuerdo, reconoció que en ningún momento se bloqueó mi examen, lo que demuestra que no existió trampa alguna”, subrayó.


Para respaldar sus afirmaciones, Mitre aportó un informe técnico del área de sistemas del CAM. El documento, firmado por el responsable de Tecnología, César A. Galup, detalla que el examen correspondiente al concurso 243 no fue interrumpido en ningún momento.


En el registro oficial consta que el examen de la postulante con ID 2433489CW fue enviado correctamente, y que durante todo su desarrollo “el examen se ha desenfocado (0 segundos)”, es decir, que nunca se salió de la plataforma ni se intentó acceder a otras aplicaciones. “Del detalle anterior puede inferirse que el examen nunca fue bloqueado durante el transcurso del mismo”, concluyó el informe técnico.


Mitre consideró importante hacer pública esta aclaración para preservar su buen nombre y honor, y para evitar que se perpetúe una versión errónea de los hechos: “Rechazo categóricamente cualquier insinuación de conducta desleal o fraudulenta. Mi actuación fue transparente y dentro del marco reglamentario establecido por el CAM”.


Mitre viene de ganarle esta semana una pulseada clave al Colegio de Abogados de Tucumán, luego de que la Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró la nulidad de una resolución de esa institución que le impedía acceder a la matrícula profesional tras haberse acogido al retiro voluntario temporal como empleada del Poder Judicial.


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Si bien el fallo es en respuesta a la denuncia puntual que realizó Mitre, sienta precedente para casos de otros profesionales que se vieron afectados por dicha resolución y que también acudieron a la Justicia para exigir que se respete su derecho a trabajar y al libre ejercicio de la profesión de abogados.



Reto de la Corte Suprema



El 7 de octubre de 2021, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán tomó conocimiento formal del Acuerdo N.º 85/21 emitido por el Consejo Asesor de la Magistratura, mediante el cual se resolvió excluir a Agostina Mitre de un total de 11 concursos —entre ellos, el N.º 243— por considerar que había incurrido en una "falta formal y objetiva" durante la instancia de oposición para el cargo de jueza penal.


En esa resolución, a la que Tendencia de Noticias tuvo acceso, la Corte puntualizó que la abogada, en su carácter de funcionaria judicial, debía observar una conducta estricta en el cumplimiento de la normativa, y emitió una recomendación en ese sentido: “Esta Corte considera necesario recomendar a la funcionaria evitar en el futuro situaciones similares a las aquí planteadas, las que podrían generar descrédito no solo personal, sino también del Poder que integra”.


La medida se basó en los artículos 38 y 40 del Reglamento Interno del CAM, así como en el protocolo específico para exámenes remotos. Si bien no se le imputó un acto doloso, sí se consideró la presencia de un incumplimiento reglamentario que, desde el punto de vista institucional, justificaba la exclusión de los concursos en los que estaba inscripta.


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