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MENORES QUE DELINQUEN

Entró en vigencia el nuevo Régimen Penal Juvenil: las críticas de ANDHES a la baja de la edad de punibilidad

La ONG sostuvo que era necesario reemplazar el sistema anterior, vigente desde 1980, pero advirtió que llevar la responsabilidad penal a los 14 años constituye un retroceso y no resolverá el problema de la inseguridad.

PorTendencia de noticias
08 sept, 2026 05:58 p. m. Actualizado: 08 sept, 2026 05:59 p. m. AR
Entró en vigencia el nuevo Régimen Penal Juvenil: las críticas de ANDHES a la baja de la edad de punibilidad

La entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil volvió a poner en primer plano los cuestionamientos de organizaciones de derechos humanos a la decisión de reducir a 14 años la edad mínima de responsabilidad penal. Desde ANDHES advirtieron que la medida no permitirá disminuir los índices delictivos y plantearon reparos respecto de su compatibilidad con los estándares internacionales de protección de niños, niñas y adolescentes.


La Ley 27.801, sancionada este año por el Congreso Nacional, reemplazó al régimen de la Ley 22.278, vigente desde 1980, y comenzó a regir tras cumplirse los 180 días previstos desde su publicación en el Boletín Oficial. Entre sus principales modificaciones, establece un régimen penal aplicable a adolescentes desde los 14 años y hasta antes de cumplir los 18. La normativa anterior fijaba el piso de punibilidad en los 16 años.


En un informe que lleva la firma de Emilio Guagnini, coordinador de la Línea de Defensa y Litigio Estratégico de ANDHES, la organización sostuvo que existía una necesidad de reformar el anterior Régimen Penal Juvenil, aunque marcó profundas diferencias con el camino finalmente adoptado.


Para ANDHES, la Ley 22.278 debía ser reemplazada debido a que respondía a un paradigma tutelar y resultaba incompatible con la Convención sobre los Derechos del Niño. Según señaló la organización, bajo aquel sistema los jueces penales podían intervenir sobre niños, niñas y adolescentes con facultades que excedían las propias de la Justicia penal y avanzaban sobre competencias correspondientes a los sistemas provinciales de protección.


Sin embargo, la ONG rechazó que la reforma necesaria implicara reducir la edad de responsabilidad penal. En ese sentido, cuestionó que la baja de la edad de punibilidad sea presentada recurrentemente como una respuesta frente al crecimiento de la violencia y la inseguridad.


“El problema de la inseguridad existe y es innegable, y a todos nos preocupa lógicamente. Pero frente a esto nos preguntamos: ¿bajando la edad de punibilidad vamos a bajar los índices de violencia y de delitos en nuestra sociedad? La respuesta es indudablemente NO. ¿Bajando la edad vamos a hacer que los NNyA cometan menos delitos? La respuesta es NO”, expresó ANDHES.

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La experiencia de otros países


Entre los argumentos expuestos, la organización mencionó las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño, que desaconseja reducir la edad mínima de responsabilidad penal al considerar que constituiría una medida regresiva.


ANDHES también apeló a la experiencia de otros países latinoamericanos. Según planteó, naciones que establecieron la responsabilidad penal desde los 12 o 14 años no registraron, por ese solo hecho, una evolución favorable de los índices delictivos.


La organización mencionó los casos de Brasil, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, México y Panamá, entre otros países con edades mínimas de 12 años, y de Bolivia, Chile, Colombia, Paraguay, Perú y Venezuela, donde el piso se ubica en los 14. A partir de esos antecedentes, sostuvo que “no hay una relación directa entre bajar la edad de punibilidad y bajar los índices delictivos”.


También citó un estudio de UNICEF elaborado con información de la provincia de Buenos Aires, según el cual las investigaciones penales correspondientes al fuero de adolescentes representaron el 2,25% del total de las iniciadas en 2023. El trabajo señalado por ANDHES indica además que, entre 2014 y 2022, se produjo una reducción del 63% en la cantidad de jóvenes en conflicto con la ley penal.



Qué reforma proponía ANDHES


La organización remarcó que su oposición a reducir la edad no implicaba defender la continuidad del régimen anterior. Por el contrario, sostuvo que era necesario derogar la Ley 22.278 y reemplazarla por una normativa ajustada a la Convención sobre los Derechos del Niño y a los tratados internacionales.


Desde esa perspectiva, ANDHES planteó que una reforma debía garantizar la excepcionalidad de la respuesta penal y, especialmente, de la privación de la libertad. También reclamó que los adolescentes cuenten con las garantías sustantivas y procesales reconocidas constitucionalmente a las personas adultas, junto con una protección adicional derivada de su condición de niños, niñas y adolescentes.


Otro de los ejes defendidos por la organización es el principio de especialidad: un sistema diferenciado del que rige para los adultos, con instituciones, procedimientos y agentes estatales específicamente capacitados en derechos de la niñez y adolescencia.


“El sistema de justicia juvenil debe enfocarse principalmente en la prevención y en la reintegración social”, señaló ANDHES, que reclamó priorizar medidas y sanciones no privativas de la libertad. En esa línea, sostuvo que el encierro debería utilizarse únicamente como último recurso, durante el menor tiempo posible y sujeto a revisiones periódicas.


La ONG también hizo propias recomendaciones formuladas por la Defensoría del Niño de la Nación, entre ellas mantener la edad mínima de responsabilidad penal en los 16 años, establecer plazos máximos para la privación de libertad, fortalecer los dispositivos especializados y evitar el alojamiento de adolescentes en comisarías o dependencias policiales.


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En el artículo, escrito durante el debate legislativo, ANDHES había advertido que la iniciativa que finalmente se convirtió en la Ley 27.801 podía implicar un retroceso en materia de derechos y generar responsabilidad internacional para el Estado argentino.


La organización cuestionó especialmente tres aspectos: la reducción de la edad de punibilidad, el endurecimiento de las penas y lo que consideró una priorización de la privación de la libertad. También objetó la posibilidad de intervención de jueces penales ante situaciones que involucren a menores de la edad de punibilidad, al entender que en esos casos debería actuar exclusivamente el sistema de protección integral dependiente del Poder Ejecutivo.


Con el nuevo régimen ya vigente, ANDHES mantiene así una posición que combina dos planteos: considera necesario haber dejado atrás el sistema establecido durante la última dictadura, pero rechaza que esa reforma haya incluido la reducción de 16 a 14 años de la edad mínima de responsabilidad penal. “La baja de la edad de imputabilidad no solucionará el problema de inseguridad, tampoco bajará los niveles de delitos en la franja de los NNyA y mucho menos los índices de delitos en general”, sintetizó la organización.

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