
La Dirección General de Catastro de Tucumán, bajo la conducción de Alejandro Félix Navarro Miguez, emitió la Resolución N° 2366 con el objetivo de regularizar las inconsistencias urbanísticas entre los títulos de propiedad y las construcciones existentes. Esta disposición es fundamental en materia urbanística porque establece que el estado parcelario debe garantizar una correcta individualización territorial, evitando que la mera descripción geométrica de los límites ignore la existencia de unidades físicas indivisibles. El propósito central de la normativa es “preservar la integridad, consistencia y confiabilidad de la información catastral, adoptando las medidas necesarias para asegurar la adecuada correspondencia entre la realidad territorial y su representación registral”.
De acuerdo al nuevo marco normativo, la autoridad de aplicación definió formalmente el concepto de “edificación encaballada” como “toda construcción o mejora permanente que ocupe total o parcialmente dos o más parcelas colindantes, excediendo los límites parcelarios existentes”. A partir de ahora, cualquier registración de estados parcelarios que involucre este tipo de inmuebles quedará “sujeta a evaluación técnica específica, a fin de verificar la adecuada correspondencia entre la delimitación parcelaria registrada y la realidad física existente”.
Para graficar esta disposición, se puede considerar el caso de un propietario que posee dos terrenos linderos y construye una vivienda que abarca ambos lotes sin haber realizado previamente una unificación de las parcelas. En este escenario, la configuración física evidencia una única unidad territorial indivisible que es incompatible con la representación de parcelas autónomas en el registro. Bajo la nueva resolución, Catastro podrá disponer la “suspensión de la registración del estado parcelario hasta tanto se regularice la situación observada o se acompañen las constancias, autorizaciones o visaciones administrativas que correspondan”.

La resolución advierte que se han detectado múltiples situaciones donde las mejoras permanentes se desarrollan sobre dos o más parcelas, lo que genera “discordancias relevantes entre la delimitación parcelaria registrada y la configuración física efectivamente existente”. Por este motivo, los departamentos técnicos de la repartición tienen la facultad de formular observaciones e indicar las medidas de regularización pertinentes para restablecer la coherencia del sistema.
Finalmente, la normativa de Navarro Miguez establece vías de solución concretas para los contribuyentes afectados. Según el artículo 5 de la resolución, la corrección de las observaciones podrá efectuarse “mediante la unificación parcelaria de los inmuebles involucrados; mediante la adecuación física de las construcciones existentes; o mediante cualquier otra solución técnica o jurídica que permita restablecer la individualización territorial de las parcelas”. La medida ya fue comunicada formalmente a los Colegios de Agrimensores e Ingenieros Civiles de la provincia para su inmediata aplicación en los trámites de mensura y verificación.