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La jueza Inés de los Ángeles Yamuss inspeccionó el martes por la mañana la sede de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Tucumán (AMT) y, según el acta judicial, habría constatado que el libro de Bancos de la entidad no registra anotaciones desde mayo de 2017. Consultada por ese libro, la persona que recibió a la comitiva respondió que probablemente haya documentación en poder del contador. La diligencia, realizada en el primer piso del Palacio de Tribunales, se enmarca en la demanda de nulidad de asamblea que promovió la jueza Ana María Iacono y se produjo luego de que el expediente llegara al juzgado de Yamuss tras la recusación sin causa del juez Pedro Yane Mana.
La inspección comenzó el 13 de octubre a las 8.10. Yamuss, titular del Juzgado Civil y Comercial Común de la XI Nominación, estuvo acompañada por el prosecretario Patricio Nogueira y por la directora de la Oficina de Gestión Asociada Civil y Comercial N° 2, Cecilia Chelala. Fueron recibidos por Paola Roxana Ucciardello, quien les permitió el ingreso y les facilitó la documentación que había en el lugar. Yane Mana, juez de la I Nominación, había ordenado el 2 de octubre presentar en 48 horas la documentación contable del ejercicio 2025, bajo apercibimiento de secuestro. El expediente registra el apersonamiento del letrado Luis Alejandro Medina, en representación de la entidad, y la recusación sin causa el 8 de octubre. Con la mayoría de los titulares de la I a la VIII Nominación ya excusados, el sorteo entre los juzgados de la X a la XVI dejó la causa en el juzgado de Yamuss.
La AMT, en tanto, interpuso un recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la cautelar del 2 de octubre. En el escrito, presentado con el patrocinio del letrado Medina, el vicepresidente a cargo de la presidencia, Jorge Jakobsen, pidió que se deje sin efecto la orden o que se adecuen su modalidad y sus plazos. Sostuvo que trasladar biblioratos y libros originales fuera de la sede paraliza el funcionamiento ordinario de la entidad, que la medida contradice el artículo 331 del Código Civil y Comercial y que concede de manera anticipada lo que constituye el objeto de fondo del pleito. Argumentó además que el régimen de las asociaciones civiles encauza la fiscalización por vía orgánica, a través de la Comisión Revisora de Cuentas y la asamblea, y que lo solicitado por Iacono equivale a una auditoría integral individual que compromete datos de terceros. Como alternativa, ofreció una compulsa en la sede, con la documentación a disposición de la jueza o del perito que se designe, y pidió que los papeles permanezcan reservados de la parte actora hasta que concluya la mediación prejudicial obligatoria. El escrito recuerda que la directiva había recusado a Yane Mana sin causa y, en subsidio, con causa: sostuvo que el juez es socio activo de la entidad y votó a favor de aprobar la asamblea y el balance que ahora debía revisar.
En la sede de la AMT
El acta de constatación detalla que se verificaron 12 libros. Entre ellos figuran tres libros de actas de comisión directiva (el último llega al acta del 6 de octubre de 2026), dos de actas de asamblea (el segundo termina el 23 de abril de 2026), el registro de asociados, que llega hasta el asociado número 576, y el libro de inventario y balances. El libro de Bancos no se encuentra intervenido, comienza el 3 de agosto de 2015 y su última anotación es del 19 de mayo de 2017, con el resto en blanco. Ucciardello dijo que seguramente hay documentación en poder del contador de la asociación, según consta en el acta. Jakobsen, consultado por teléfono, manifestó que la entidad solo cuenta con lo que está en la sede, que es la única. Todo según consta en el acta oficial.
En las repisas había 15 biblioratos, rotulados, entre otros, como Acordadas, Circulares, Depósitos, AFIP, OSDE y Liquidación de Claro. La jueza pidió ver el interior de algunos: el de planillas de conceptos liquidados contenía facturas de Rubinzal Culzoni, Claro, OSDE y Swiss Medical a nombre de la asociación, y el de Persona Jurídica tenía como registro más reciente uno de 2019. Además se examinó una carpeta con comprobantes sueltos de gastos, presupuestos, remitos, recibos y facturas, algunos con membrete, otros en papel simple y otros manuscritos sin identificar al emisor. Entre los documentos descriptos hay un recibo del 4 de junio de 2025 por catering, salones y alojamiento de un congreso de inteligencia artificial, con un pago a cuenta de $4 millones y un saldo de $5 millones. Otro, del 1 de julio de 2025, registra $6 millones a cuenta de un evento o congreso de familia. Un tercero, sin membrete y del 29 de octubre de 2025, documenta $6 millones por 100 tarjetas de $100.000 cada una. El acta no precisa a qué rubro del balance se imputaron.
El balance del ejercicio 2025, el número 47, está firmado por la presidenta Marcela Fabiana Ruiz y la tesorera María Ivonne Heredia, y cuenta con un informe de auditoría del contador Sebastián Javier Abaca del 21 de marzo de 2026, que opina que los estados contables presentan razonablemente la situación patrimonial. El estado de recursos y gastos muestra ingresos por $267 millones y egresos por $267,5 millones, con un déficit de $483.649,40. En el detalle de gastos generales de administración, que suman $254,6 millones, el rubro Gastos en Fiestas y Agasajos asciende a $65,6 millones, cerca del 26% del total. En 2024 ese rubro había sido de $29,3 millones, con cifras expresadas en moneda de cierre de 2025. Un rubro nuevo, Auspicios, Agasajos y Presentes, suma otros $7,6 millones sin registro el año anterior. Entre ambos totalizan $73,2 millones, el monto que el estado de flujo de efectivo consigna como pagos de gastos en agasajos a asociados.
La demanda de Iacono se originó en sus pedidos de acceso a facturas, libros y balances durante abril de 2026, antes de la asamblea ordinaria del día 23. Ese día se presentó en la sede con un contador, no se le exhibieron los comprobantes y se labró un acta notarial. La asamblea aprobó la memoria y el balance sin su presencia, a partir de un informe de dos párrafos de la Comisión Revisora de Cuentas. El 22 de julio promovió la demanda de nulidad, con el patrocinio del abogado César Nieva, en la que sostiene que se la colocó en una situación de indefensión informativa y formula reserva de demandar civilmente a los directivos.