
A través del Decreto N°407, publicado el lunes pasado en el Boletín Oficial, el Gobierno reglamentó la Ley 27.802 de Modernización Laboral y avanzó con la instrumentación de cambios en el mundo del trabajo que, desde la óptica de la administración libertaria, derivarán en la generación de empleo, mientras para la Confederación General del Trabajo (CGT) traerán “precarización” y “aniquilación de los derechos" de los trabajadores.
Uno de los principales efectos de la reglamentación de la reforma laboral se pondrá en marcha este lunes: el secretario de Trabajo, Julio Cordero, intimará a empresarios y dirigentes sindicales para renegociar 150 convenios colectivos de trabajo que están vencidos y que, según la Ley de Modernización Laboral, deberán ser actualizados en las cláusulas vinculadas con las condiciones de trabajo y con las cuotas solidarias o aportes pactados entre las partes.
De esta forma, luego de que el decreto 407 estableció que la Secretaría de Trabajo dará por vencidos los convenios colectivos cuyo plazo de vigencia original ya haya expirado, Cordero comenzará la convocatoria para que se vuelvan a negociar 150 convenios e irá sumando el resto según su fecha de vencimiento con el objetivo de que se adapten a la nueva reforma laboral.
Al explicar los alcances de la reglamentación de la Ley 27.802, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, aseguró que existen convenios colectivos negociados “hace más de 50 años, vencidos y firmados por partes que en muchos casos no existen”. Sin embargo, Gustavo Ciampa, uno de los abogados de la CGT, advirtió que “desde 2003 existe negociación colectiva permanente en prácticamente todas las actividades”. “Los convenios se renovaron en todo aquello que las partes quisieron renovar”, sostuvo.
Aun así, más allá de los plazos legalmente previstos, en el Gobierno no apurarán a empresarios y sindicalistas con el almanaque en mano: se busca que empiecen las discusiones para incorporar los cambios laborales y tecnológicos de cada actividad por fuera del ámbito de la Secretaría de Trabajo y luego se presente el nuevo convenio en procura de que sea homologado.
Este último paso implica el aval oficial para que su contenido sea obligatorio para todos los empleadores y trabajadores comprendidos en su ámbito de aplicación, incluso para quienes no participaron en la negociación. Pero la ley, en otro de los puntos criticados por la CGT, contempla la posibilidad de que la Secretaría de Trabajo suspenda la homologación del convenio si su aplicación “genera distorsiones económicas graves que afecten el interés general o la aplicación de otras normas dictadas en protección de toda o parte de la población”.
En el fondo, lo que el Gobierno dinamitó con la reforma laboral es la ultraactividad, el principio previsto en la legislación que sostenía la vigencia de un convenio colectivo aun después de haber vencido, hasta que sea reemplazado por uno nuevo. En la práctica, evitaba que los trabajadores perdieran derechos adquiridos si las negociaciones se estancaban, y era considerada por los gremios una garantía clave de estabilidad laboral.