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INVESTIGACIÓN FEDERAL

Procesaron a las autoridades de un centro médico cordobés por presunta trata de personas

La Justicia Federal de la provincia mediterránea dictó el procesamiento del titular de una conocida institución de salud reproductiva junto a dos colaboradores en el marco de una investigación penal centrada en la supuesta explotación y captación de mujeres en situación de vulnerabilidad social

PorTendencia de noticias
19 may, 2026 01:08 p. m. Actualizado: 19 may, 2026 01:08 p. m. AR
Procesaron a las autoridades de un centro médico cordobés por presunta trata de personas

La Justicia Federal radicada en la provincia de Córdoba avanzó de forma determinante en un expediente que analiza presuntas maniobras delictivas bajo la modalidad de gestación por sustitución. El juez a cargo del Juzgado Federal Número Dos, Alejandro Sánchez Freytes, dictaminó el procesamiento de José Pérez Alzaa, quien se desempeña como director de la Clínica Fecundart. La resolución judicial alcanzó de igual manera a la empleada del área administrativa, Paula Liendo, y al profesional del derecho, Nicolás Gigena, bajo la acusación de trata de personas.



El magistrado interviniente emitió un documento que supera las doscientas páginas en el cual detalla los argumentos técnicos de la medida. En el escrito, reproducido inicialmente por el medio Perfil Córdoba, el magistrado argumentó que la utilización del aparato reproductivo de ciudadanas vulnerables con propósitos comerciales, mediando un beneficio deliberado de sus carencias, se encuadra como una forma de servidumbre. Las autoridades judiciales explicaron que la subrogación se transforma en un acto ilícito cuando los pactos se encuentran atravesados por el abuso de poder y el desamparo de la gestante.



La pesquisa determinó que las maniobras operaban utilizando la estructura de una organización catalogada como fundación sin fines de lucro. De acuerdo con las pruebas recolectadas, José Pérez Alzaa utilizaba los registros de datos de las aportantes de óvulos de su propio establecimiento médico para identificar y captar a mujeres sin empleo formal y con menores bajo su responsabilidad. Asimismo, se detectó la realización de transferencias de embriones sin contar con la debida y obligatoria autorización de los magistrados, acción interpretada como un mecanismo para evadir los controles estatales sobre el consentimiento libre.



El origen de las actuaciones judiciales se remonta a una serie de denuncias de carácter reservado recibidas a través de la Línea 145, herramienta estatal que activó las investigaciones y la toma de testimonios clave. En la misma resolución, el juez federal dispuso el sobreseimiento de otros implicados al considerar que existía falta de mérito para procesarlos. El escenario actual pone de manifiesto el vacío regulatorio en Argentina, donde la práctica es permitida únicamente con carácter solidario y bajo supervisión de los tribunales, estando estrictamente prohibido el pago o la retribución comercial por alquiler de vientre.





Fuente: Noticias Argentinas (NA)

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