
Las pericias informáticas se concentran sobre un archivo audiovisual incorporado recientemente a la causa penal, en el cual se observa a Jesica Cirio filmándose dentro de las instalaciones de un cambiador de ropa. En el registro digital, la modelo expone diversos paquetes con billetes norteamericanos que se encontraban ocultos en el mobiliario, los cuales pertenecerían a los fondos patrimoniales de su exesposo, el dirigente político Martín Insaurralde.
Los investigadores estiman que el material gráfico fue producido en el transcurso del año 2023, en un período anterior al inicio formal de las actuaciones por presunto enriquecimiento ilícito. Con el fin de constatar el origen geográfico de la filmación, efectivos de Gendarmería Nacional ejecutaron un procedimiento de allanamiento en una propiedad del complejo Nordelta, inmueble donde la presentadora residió junto a su posterior pareja, Elías Piccirillo, corroborando que la arquitectura del lugar no coincide con la del video y concluyendo que la grabación se habría efectuado en el country de San Vicente.
En el plano estrictamente procesal, el magistrado Luis Armella desestimó los pedidos de detención inmediata formulados por el fiscal de la causa, Sergio Mola, contra los principales investigados. Los fundamentos jurídicos del juez para rechazar el arresto contemplaron la falta de peritajes definitivos sobre la totalidad del video, la antigüedad cronológica del archivo, el comportamiento de colaboración procesal demostrado por los implicados y severas fallas de fundamentación en el escrito acusatorio presentado por el Ministerio Público.
A pesar de denegar las capturas, el tribunal dictó un paquete de restricciones operativas destinadas a Jesica Cirio, Martín Insaurralde y la modelo Sofía Clerici para blindar el desarrollo de la recolección probatoria. La resolución judicial les impuso de manera formal la prohibición absoluta de salida del territorio nacional, la obligación de no ausentarse por más de 24 horas del domicilio declarado y la imposibilidad de desplazarse a una distancia mayor de 50 kilómetros de sus residencias validadas.