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TRAS EL FALLO DE LA CORTE

Absolución de Trapani: “La Justicia le da prioridad a la gente con dinero”, consideró Garmendia

El abogado que representa a la denunciante cuestionó la decisión de anular la condena por abuso sexual del hijo de un empresario tucumano. “Toda la prueba acredita el relato de la víctima”

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Mariana RomeroTendencia de noticias
09 jul, 2026 02:39 p. m. Actualizado: 09 jul, 2026 02:39 p. m. AR
Absolución de Trapani: “La Justicia le da prioridad a la gente con dinero”, consideró Garmendia

El fallo de la Corte Suprema en el caso Trápani “destruye la perspectiva de género”, considera Carlos Garmendia. El abogado querellante en representación de la víctima Carolina Monteros analizó los fundamentos del Máximo Tribunal para dejar sin efecto la condena por abuso sexual contra Franco Trápani y Álvaro Rodríguez, dictada en 2025.


Según Garmendia, “las razones que la Corte da para absolver por el beneficio de la duda, implican destruir el concepto de perspectiva de género”. El abogado consideró, en diálogo con Tendencia de Noticias, que la sentencia de primera instancia, dictada por el juez Antonio Nicolás Gutiérrez “es muy sólida desde lo técnico, trabaja mucho la herramienta de la perspectiva de género, que es una herramienta legal y obligatoria para los jueces por diversos tratados internacionales y normas de derecho interno”.


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Trápani, Falú y Rodríguez en juicio. Foto: La Gaceta

“La Corte lo que hace es destruir esa esa herramienta. Porque, básicamente, lo que dice es que como el juez le cree a la víctima, entonces la sentencia es arbitraria. Da a entender que la única razón por la cual el juez ha condenado es porque le ha creído a la víctima, cuando eso no es así. La sentencia de Gutiérrez analiza con mucho detalle toda la prueba que acredita el relato de la víctima”, remarcó.


Los jóvenes habían sido condenados a 10 y ocho años respectivamente, tras ser hallados culpables del delito denunciado por la víctima en 2016. La primera sentencia consideró probado que Trápani conoció a Monteros en el boliche Lancaster el 3 de julio de 2016 y luego ambos salieron en un vehículo rumbo a un bar. En mitad del camino subió al vehículo Rodríguez, amigo de Trápani y los tres se dirigieron a una vivienda, en la que los hombres abusaron sexualmente de la víctima.


Sin embargo, los condenados permanecieron en libertad y su abogado, Alfredo Falú, apeló al Máximo Tribunal, argumentando que el fallo se había dictado gracias a una valoración arbitraria de la prueba. El ministro Público Fiscal, Edmundo Jiménez, emitió un dictamen en el que consideró que debía ser revisada la sentencia que el propio organismo a su cargo obtuvo. 


La Corte entendió que la evidencia para la condena resultaba insuficiente y cuestionó especialmente la etapa de investigación, durante la cual se perdió de manera irreversible evidencia digital. Además, señaló que no eran concluyentes los informes médicos y forenses. Finalmente, señalaron que la denunciante incurrió en contradicciones y oscilaciones en sus declaraciones.


Garmendia se mostró sorprendido por los tiempos acelerados en que se revocó el primer fallo. “La desprolijidad con que la Corte resuelve la sentencia es de una extrema rapidez, una inusitada y poco frecuente rapidez. El ministro fiscal ha dado su opinión en siete días, cuando lo normal es que demore varios meses, dos, tres, cuatro meses”, remarcó. 


“Y la Corte dicta la sentencia en tres meses. Eso también es muy inusual. Una sentencia que, además, no tenía presos condenados a quienes se les esté por vencer la prisión preventiva. Tanto Trapani como Rodríguez permanecían en libertad”, cuestionó. 


“Yo, la verdad, no tengo recuerdo de una sentencia que haya salido con tanta velocidad como esta. Bueno, eso muestra que la Justicia le da prioridad a la gente con dinero, a las personas con poder económico importante, y deja esperar y correr el tiempo para la gente que no tiene recursos”, finalizó


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