¿Todo vuelve?... Bueno, al parecer, por los menos en dosis homeopáticas, las empresas de servicios públicos están bajo la lupa, no sólo por el deficiente servicio que brindan sino también por no cumplimentar las normas establecidas a nivel nacional. Y en Tucumán, las firmas que ofrecen el gas natural y distribuyen la energía no escapan a las advertencias y posibles multas que podrían recaerles próximamente.
La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación imputó a 95 empresas por haber incluido en las facturas tasas o cargos ajenos al contrato entre el proveedor y el consumidor. Se abrieron 244 expedientes vinculados a las imputaciones, uno por cada localidad donde las empresas incumplieron la norma. Así se informó de manera oficial.
Las actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, cuando entró en vigencia la Resolución 267/2024, que determinó la prohibición de incluir en las facturas conceptos indebidos. La autoridad de aplicación continuará con la instrucción de sumarios para los próximos vencimientos de noviembre y diciembre.
Entre las empresas apuntadas por el gobierno de Javier Milei se encuentran, en el caso de nuestra provincia, EDET y GASNOR (Naturgy). En torno de la empresa de distribución de energía eléctrica, la Nación le abrió ocho sumarios por facturas irregulares en los municipios de San Miguel de Tucumán, Las Talitas, Tafí Viejo, Bella Vista y las localidades de Los Pocitos, Amberes (Monteros) y La Reducción (Lules).
En lo que refiere a la firma que presta el servicio de gas natural a los clientes tucumanos, tuvo un sumario efectivo por parte de la Secretaría de Comercio, ante una denuncia radicada en la ciudad Capital.
El interventor del Ersept, José Ascárate, en su momento había criticado la decisión oficial al señalar que "la Nación no puede inmiscuirse en normativas de otras jurisdicciones". "Los municipios tienen la facultad, prevista en la Constitución, de aplicar tasas por servicios prestados mediante el uso del espacio público", argumentó el funcionario provincial.
Por otro lado, el titular del organismo de control señaló que, al igual que las jurisdicciones provinciales, los municipios tienen sus propias ordenanzas que regulan los contratos de concesiones. "A esto se suma que las empresas prestadoras son provinciales y operan bajo las normativas locales", remarcó Ascárate, y añadió que los municipios tendrán que presentar los recursos que correspondan para evitar que se aplique esta medida dispuesta por la Nación.
Además de Tucumán, se imputaron empresas de la ciudad de Buenos Aires y de las provincias de Buenos Aires, Misiones, San Juan, Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Santa Cruz, Chubut, Chaco, Jujuy, Neuquén, Río Negro, Mendoza, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Luis y Santiago del Estero.
A partir de recibir la notificación, las empresas tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo la Secretaría de Industria y Comercio sancionará a las empresas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24240 de Defensa del Consumidor, que en su artículo 47, inciso b, contempla multas de hasta $2.130 millones.
Las denuncias fueron recibidas en el correo electrónico habilitado para tal fin, denunciatufactura@comercio.gob.ar. Hasta el momento ingresaron 2.705 reclamos.
Origen de la decisión
La medida comenzó a regir el 10 de octubre. Desde entonces, las facturas y comprobantes no podrán incluir cargos ajenos a los bienes y servicios contratados, es decir que no se podrán incluir otros cargos como tasas e impuestos.
La resolución 267/24 de la Secretaría de Comercio publicada el 10 de septiembre otorgaba 30 días a las empresas para que se ajusten a la nueva norma. La norma abarca a las empresas de servicios públicos de todo el país y a quienes comercializan bienes. De esta forma, solo podrán incluir en sus facturas única y exclusivamente la descripción y el precio correspondiente al servicio.
La decisión de la Secretaría de Industria y Comercio surge como respuesta a las reiteradas denuncias públicas sobre municipios y gobiernos provinciales que incluyen tasas locales e impuestos que no corresponden a la facturación de servicios esenciales.