Mediante la Resolución de Intervención N° 579/25, emitida el 15 de julio, la Caja Popular de Ahorros modificó el régimen de licencias por estudio vigente para su personal. Esta medida fue impulsada por la gestión del interventor, abogado José César Díaz, quien junto al subinterventor Miguel Darío Amatti lideró una revisión normativa destinada a corregir irregularidades detectadas en el uso de dicho beneficio. La decisión se fundamenta en un informe interno que alertó sobre dichas irregularidades, lo que motivó una revisión legal y reglamentaria.
La Gerencia del Departamento Personal informó, según pudo saber Tendencia de Noticias, que se detectaron “inconsistencias, particularmente, en la utilidad de la misma”, señalando que en muchos casos el uso de la licencia “se ha distorsionado”, ya que “algunos agentes requieren hacer uso de la misma fuera del período de exámenes, justificándola tardíamente, utilizándola con fines recreativos, o uniéndola con días feriados o inhábiles”, generando así “una suerte de vacaciones encubiertas” que afectan el normal funcionamiento de la institución.
En respuesta a estas situaciones, el artículo 103 fue reformulado, y ahora establece que los empleados “gozarán de licencia con goce de haberes para rendir examen por siete (7) días hábiles continuos o discontinuos en cada turno de examen y hasta un máximo de veintiún (21) días al año”.
Además, se fija que “las licencias se concederán por los días anteriores y el del examen” y que el empleado deberá “acreditar que lo ha rendido y la fecha de la prueba mediante certificado expedido por las autoridades de los respectivos establecimientos”, o constancia de haber iniciado el trámite para obtenerlo, en un plazo no mayor a “48 horas hábiles siguientes de haber rendido el examen”.
Otro cambio clave es el procedimiento de solicitud: la licencia “deberá ser autorizada por la Jerarquía correspondiente que solo podrá rechazar el pedido por estrictas razones de servicio”, y el trabajador deberá comunicarlo “con antelación de cinco (5) días hábiles”.
La resolución también destaca que, si bien la Caja Popular es un ente autárquico, se encuentra alcanzada por el Convenio Colectivo de Trabajo 18/75 para la actividad bancaria, al cual adhiere expresamente. En este contexto, la institución afirmó que “no se debe vulnerar derecho alguno de los trabajadores”, aunque consideró necesario “reglamentar el ejercicio de los mismos conforme los cambios surgidos con el devenir del tiempo”.
Finalmente, la Gerencia General fue instruida para garantizar el cumplimiento de la nueva normativa y notificar a todas las áreas competentes. La medida ya fue puesta en vigencia.